Casos / Caso: Daschner
Caso: Daschner

La sentencia:
LG Frankfurt NJW 2005, 692
http://www.estudiosconstitucionales.org/SENTENCIAS_archivos/LGFrankfurt.htm
EGMR, 17.12.2014 – 22978/05
https://hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-139037
Ver también
https://www.estudiosconstitucionales.com/UDLA/garant.pdf, p. 343.
Los hechos del caso:
El señor Magnus había secuestrado y dado muerte a un joven de once años, con el objeto de obtener dinero de la familia del niño. El señor Magnus fue vigilado cuando recibía el dinero luego de tres días del secuestro y detenido. La investigación policial se dirigió entonces a la determinación del lugar en que se encontraba la víctima. Se estimaba que el niño aún se encontraba con vida, oculto en algún lugar. Graves indicios conducían a la sospecha del señor Magnus como único autor o cómplice del secuestro. El señor Magnus había conducido conscientemente la investigación con sus declaraciones hacia indicios falsos. Por tal motivo, el acusado en el presente procedimiento, el señor Wolfgang Daschner dio instrucciones al acusado E, de que en el interrogatorio de G se le amenazara con la aplicación de violencia física, con el objeto de que declarase acerca del escondite de la víctima.
El señor Daschner era entonces Presidente encargado del Departamento de Policía, en ausencia del titular, quien se encontraba de vacaciones. El señor E era el Director de la oficina de „Investigaciones Generales“ a que se había asignado el caso. Los acusados estaban en conocimiento de que la investigación no había sido del todo cerrada y que sobre todo quedaba por aclarar si existían otros coautores del delito que pudieran disponer de la vida del niño.
Además no podía asegurarse en ese estado de la investigación que el señor Magnus hubiera declarado falsamente acerca de la ubicación del niño. Los acusados estaban en conocimiento que el plan escalonado elaborado por otros Jefes policiales involucrados con distintas medidas, entre otras la confrontación de Magnus con miembros de la familia de la víctima, no era del todo infructuoso.
Con anterioridad, el señor Magnus no había estado dispuesto a declarar, ni frente al testigo M, así como en la confrontación con su Madre el 01.10.2002, y frente a los testigos Pr. y Pe. El llamado del funcionario de policía a la conciencia de Magnus y el intento de despertar compasión por el destino del niño no tuvieron éxito, dado que el señor Magnus sabía que niño ya estaba muerto. En el poco tiempo que el acusado E estuvo solo con el sr. Magnus, solamente la amenaza de aplicación de violencia produjo el resquebrajamiento de la resistencia de éste.
Objetivos:
Determinar si la amenaza de tortura es conforme a los derechos fundamentales a la integridad física y a la dignidad humana del presunto secuestrador y si se encuentran justificados para proteger la vida de un inocente.
