Hurto y robo

La norma objeto de control dispone lo siguiente:

El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo; si faltan la violencia, la intimidación y la fuerza, el delito se califica de hurto.

Objetivos:

Identificar los elementos de la relación jurídica en la prohibición penal de apropiarse de una cosa mueble ajena sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse.

Bibliografía:

Espinoza, Alexander & Rivas, Jhenny (2020). Introducción al derecho. Manual de método de casos. Edición electrónica. Instituto de Estudios Constitucionales. ISBN: 978-956-401-736-5, p. 35.

http://www.estudiosconstitucionales.org/MATERIALES/intro-estud.pdf

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